septiembre21 , 2024

    TSA faculta al Minerd para hacer sus libros de texto

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    El tribunal, presidido por el magistrado Diomede Y. Villalona G., quien actuó como juez de lo cautelar, emitió la sentencia 0030-01-2023-SSMC-00069 contra la editora Casa Duarte, que preside Pablo Alejandro Cuello Camilo, la cual establece que «Suspender la Ordenanza núm. 03-2022 afectaría a una gran mayoría de estudiantes que se benefician del material didáctico y por tanto de acoger esa medida se le causaría un gran perjuicio a los mismos».

    La información la sirvió el consultor jurídico del Minerd, Nelson Rudys Castillo, quien señaló que a seguidas la sentencia establece que a los fines de conceder una medida cautelar el juez debe ponderar el interés de las partes.

    La sentencia, dictada el pasado 8 de agosto, también rechaza la puesta en ejecución de las ordenanzas 26-2017, 01-2022 y 03-2021, que según alega la editora Casa Duarte obligarían al Minerd a convocar procesos de licitación pública para ofertar libros de texto de Inicial, Primaria y Secundaria.

    La presidencia del TSA evacuó la sentencia 0030-01-2023-SSMC-00069 sobre la base de que la solicitud de medida cautelar por parte de la editora Casa Duarte no reúne los tres requisitos exigidos en el artículo 7 de la Ley núm. 13-07.
    Estos requisitos son «El Presidente del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, o el de una de sus Salas, adoptará la medida cautelar idónea siempre que: (a) Pudieran producirse situaciones que impidieren o dificultaren la efectividad de la tutela que pudiera otorgarse en la sentencia; (b) De las alegaciones y documentos aportados por el solicitante, sin prejuzgar el fondo del asunto, parezca fundada la pretensión; y (c) No perturbare gravemente el interés público o de terceros que sean parte en el proceso. Si de la medida cautelar pudieran derivarse perjuicios podrá exigirse la constitución de una garantía o acordarse las medidas que sean adecuadas para evitar o paliar dichos perjuicios. En este caso la medida cautelar adoptada no se llevará a efecto hasta que se acredite el cumplimiento de la garantía».

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